image

Campofrío: Acudir a la OPA

por Natalia Aguirre Hace 9 años
Valoración: image4.00
Tu Valoración:
* * * * *

En los últimos meses, Sigma Alimentos y WH Group Limited (antes denominada Shuanghui) se han hecho, directa o indirectamente a través de empresas de sus grupos, con el 46,76% y el 36,99% de las acciones de Campofrío, respectivamente. Por tanto, los dos oferentes controlan conjuntamente el 83,75% de las acciones de la empresa cárnica española. Al haber superado el 30% de los derechos de voto, Sigma y Shuanghui han lanzado una OPA sobre las acciones de Campofrío, que de forma efectiva se dirigirá al 16,25% que no poseen (el 83,75% ya controlado se mantendrá inmovilizado hasta la finalización de la Oferta). La OPA fue autorizada el pasado 29 de enero por la Comisión Europea y el 24 de abril por el Ministerio de Comercio de la República Popular China, y aprobada por la CNMV el 21 de mayo.

El precio de la OPA es de 6,90 eur/acc, que será íntegramente satisfecho en metálico. El Consejo de Campofrío ha recomendado acudir a la OPA, cuya finalidad es la exclusión de cotización de la sociedad. El precio supone una prima cercana al 10% sobre la cotización anterior al anuncio de la oferta y un 25%-30% superior a la media de los seis meses previos al anuncio. Los múltiplos implícitos en la OPA están en línea o superan ligeramente otras transacciones recientes en el sector (como la compra de Smithfield por Shuanghui): PER 14e 21x y EV/EBITDA 7x. El precio nos parece por tanto razonable (así lo ha concluido también el experto independiente, KPMG, fijando el valor razonable en 6,85 eur/acc de media), especialmente teniendo en cuenta que el objetivo último de la OPA es su exclusión de bolsa: en caso de que el resultado de la oferta cumpla los requisitos del artículo 47 del Real Decreto 1066/2007 (los ofertantes consigan más del 90% del capital), los compradores ejercitarán el derecho de venta forzosa al mismo Precio de la Oferta, 6,90 eur/acc, implicando la exclusión de las acciones de Campofrío de bolsa. En caso de que no se cumplan los requisitos, los oferentes promoverán la exclusión de negociación de las acciones según el artículo 11 d) del Real Decreto 1066/2007, sin necesidad de formular una oferta pública de exclusión tras la liquidación de la Oferta.

Teniendo en cuenta que el precio ofertado nos parece adecuado y que el objetivo de la OPA es la exclusión de bolsa, recomendamos ACUDIR A LA OPA. El plazo para aceptar la oferta finaliza el día 5 de junio.


Compartir en Facebook Compartir en Tweeter Compartir en Meneame Compartir en Google+