Sobre el papel, aparentan ser una excelente opción para conseguir rentabilidad, dado que suelen “sugerir” unos intereses más elevados que la renta fija y una seguridad mayor que la renta variable.
La cuestión es que las condiciones que se establecen para la obtención de la rentabilidad prometida suelen ser bastante complejas, dado que entremezclan muchos factores, los cuales pueden llegar a resultar considerablemente arbitrarios. Además, la seguridad que ofrecen al perfil del ahorrador no es mayor que la se puede obtener con cualquier fondo de inversión con capital garantizado.
Vamos a comprobar las diferentes características y claves que debes conocer antes de contratar un depósito combinado.
La inversión en un depósito combinado no está carente de comisiones. Al contrario, es frecuente comprobar la presencia de comisiones de suscripción, gestión, depósitos, reembolso, etc. La cuestión es que dichas comisiones no suelen cobrarse al principio, sino que serán sustraídas de la rentabilidad que se obtenga finalmente.
No conviene olvidar que, aunque el capital inicial suele estar garantizado en muchos fondos de inversión, dicha garantía sólo es operativa siempre y cuando la inversión sea mantenida durante todo el periodo de vigencia del depósito combinado. En caso contrario, podrían experimentarse pérdidas, tanto como consecuencia de las penalizaciones por cancelación, como por una evolución negativa de la renta variable.
Los depósitos combinados implican que un porcentaje del capital se invierta en renta variable. Sin embargo, la rentabilidad final no está directamente relacionada con la evolución de dicha renta variable. Al contrario, los bancos establecen múltiples condiciones y filtros que contribuyen a desvirtuar considerablemente el rendimiento final.
Además, con frecuencia, la rentabilidad final a obtener depende de una fórmula totalmente inventada por la entidad bancaria que comercializa el depósito combinado.
Lo más habitual es que todos los depósitos combinados establezcan un techo de ganancias, o lo que es lo mismo, la rentabilidad máxima a obtener no pueda exceder un determinado porcentaje, con independencia de que los índices bursátiles a los que el “depósito” esté referenciado evolucionen en positivo por encima de dicho porcentaje.
No son pocos los casos, en los que se establecen determinadas condiciones para que la rentabilidad generada en la renta variable se vea reflejada en el rendimiento final del depósito. Por ejemplo, puede exigirse que varios valores bursátiles cierren en positivo el vencimiento del depósito. En caso de que alguno de dichos factores falle, puede no obtenerse rentabilidad alguna pese a que la media resulte positiva.
En ocasiones parte de la rentabilidad a obtener, está sujeta al resultado de un evento deportivo y cualquier otra circunstancia que nada tiene que ver con los valores bursátiles. Este tipo de condiciones convierten a los depósitos combinados en un producto más próximo al fenómeno de las apuestas que al de la inversión propiamente dicha.
La parte correspondiente a la renta variable puede ser objeto de inversión en una enorme variedad de valores bursátiles, ya se trata de acciones, divisas, materias primas, metales preciosos, etc.
Cada depósito establece sus propios criterios en el contrato, por lo que el control y la supervisión por parte del inversor pueden llegar a requerir un conocimiento financiero muy amplio.
Una de las características más decepcionantes de los depósitos combinados es el hecho de que el capital que se deposita como renta fija rinde durante mucho menos tiempo que el plazo requerido para la inversión en renta variable.
A priori, esto puede no tener importancia. Sin embargo, supone una clara merma del beneficio a obtener. La parte fija de este tipo de depósitos suelen rendir durante una fracción del tiempo de vida de los mismos. El resto del tiempo será destinado a la inversión de la otra parte del depósito en renta variable.
Por regla general, el capital invertido en renta fija suele ser inferior al de la renta variable. En estos casos, denominar este producto como depósito combinado es más que cuestionable y resulta obviamente engañoso.
Además, cuanto mayor porcentaje se pretenda depositar a plazo fijo, menor rentabilidad máxima podrá obtenerse.
La primera conclusión a la que podemos llegar es que los depósitos combinados no pueden catalogarse en una categoría concreta.
Por otro lado, el hecho de que se los haya denominado depósitos en lugar de fondos sugiere más un intento por parte de las entidades bancarias de atraer a un perfil de ahorrador, con la esperanza de convencerle de que invierta parte de su capital en renta variable.
Puede parecer obvio pero, para muchos pequeños ahorradores sin conocimientos financieros, la diferencia es abismal. Después de todo, parte de la rentabilidad de los depósitos combinados es totalmente variable y ni siquiera responde a un índice o valor bursátil concreto, sino que es el resultado de numerosos filtros establecidos contractualmente.
Finalmente, la diferencia de plazos durante los cuales cada parte del capital está depositada en renta fija y renta variable invita a pensar que, en realidad, los depósitos combinados son tan sólo una forma de contratar un fondo de inversión en diferido. Es decir, durante una primera etapa la rentabilidad se “combina” con un depósito y, el resto del tiempo, funciona puramente como un fondo de inversión.