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Apuntes económicos, jurídicos y políticos acerca del proceso independentista de Cataluña

por Ismael de la Cruz Hace 9 años
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No suelo hablar mucho de política en mi blog, más que nada porque en estos casi 15 años de existencia su objeto ha sido y es hablar de economía, finanzas, inversiones, mercados financieros, Bolsas, y más recientemente de Derecho. Pero me gustaría hacer una serie de reflexiones que me parecen interesantes tener en cuenta acerca de todo el tema del referéndum de Cataluña, la intención de separarse de España

Cuando finalizó la etapa franquista, los políticos catalanes deseaban la independencia frente a España, pero eran plenamente conscientes de que no era el momento idóneo. La dictadura estaba muy reciente y un órdago de tal calibre podía incitar a que el ejército tomase cartas en el asunto, incluso dando al traste con la llegada de la democracia.

Por tanto, los políticos catalanes sabían que pasar de una dictadura a una democracia no tenía precio para ellos, que ya habría tiempo más adelante para plantear una ofensiva a España.

Pero Miquel Roca fue muy hábil, a cambio de apoyar la Constitución española, exigió que Cataluña tuviese la competencia de educación. Y así fue. En Cataluña fue donde más votos a favor recibió la Carta Magna, incluso más que Madrid que fue la segunda región.

¿Y por qué fue una jugada maestra la de Miquel Roca? Pues porque supo concebir un proceso independentista a medio y largo plazo, sabedor de que a corto plazo sencillamente era imposible y las consecuencias podrían ser nefastas. Con la competencia de educación, se aseguraban poder adoctrinar a generaciones y generaciones de niños y jóvenes, de cara a que en un futuro próximo, buena parte de la sociedad catalana estuviese a favor de separarse de España, como así está sucediendo.

¿Mi opinión? Yo no soy catalán ni tampoco independentista, y siempre intento ser objetivo e imparcial en cuantas opiniones reflejo en mi blog. Miren, la idea es sencilla:

- La Constitución española es la ley más importante de nuestro ordenamiento jurídico. Incumplir la ley es delito y si es la Carta Magna más aún. Nadie puede ir en contra de nuestra ley y del Tribunal Constitucional que es el máximo garante de la Constitución.

- La Constitución prohíbe que una CC.AA pueda convocar un referéndum, solo el Gobierno puede, por no hablar de la unidad del territorio español que es indisoluble.

- La Constitución recoge el procedimiento por el cual se puede modificar su contenido. Cataluña dice que es injusto porque se requiere tal quórum o mayoría que es imposible que ellos solos lo lograsen. Hombre, precisamente se dispuso así en su día, para que cada vez que una CC.AA o bien un nuevo Gobierno en la nación quisiesen cambiar algo, no fuese un cachondeo, ahora cambio ésto, dentro de 4 años llega otro Gobierno y lo vuelve a cambiar, etc. Una Constitución ha de ser dotada de consistencia y solidez.

- Una minoría (me refiero a lo que supone Cataluña dentro de todo el país como conjunto) no puede decidir sobre aspectos que afectan a toda la mayoría (al país entero). En el caso hipotético de que se modificase la Constitución y se admitiese el referéndum, deberían de votar todos los españoles, no solo los catalanes, precisamente por lo indicado anteriormente, que lo que afecta a todos ha de ser decidido y votado por todos.

La palabra democracia proviene del antiguo griego (δημοκρατία) y fue acuñado en Atenas en el siglo V a. C. a partir de los vocablos δῆμος («demos», que puede traducirse como «pueblo») y κράτος (krátos, que puede traducirse como «poder» o «gobierno»). En definitiva, democracia significa gobierno del pueblo, de la mayoría. Lo que no tiene sentido es que, vuelvo a insistir en lo mismo, una minoría (una pequeña parte del territorio de todo un país) exija cambiar la ley más importante de un país y al no poder se salte todas las leyes.

Llegados a este punto, ¿cómo se va a desarrollar el proceso tras la suspensión?

En primer lugar, decir que la suspensión tiene una duración de 5 meses, tras los cuales, si el Tribunal aún no ha dictado sentencia, tendrá que decidir si prorroga la medida cautelar o no. La cuestión esencial es que durante la suspensión, la Generalitat no puede realizar ninguna actuación, y por supuesto tampoco ninguna campaña institucional. Artur Mas comentó que él seguiría con la campaña, pero finalmente ha resultado ser un farol, puesto que ha decidido retirar la campaña informativa  el días después de que el TC suspendiera el decreto de convocatoria y la ley catalana de Consultas.

Bien, a este respecto cabría recordar el artículo 4 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, según la cual puede adoptar cuantas medidas sean necesarias para preservar su jurisdicción, incluyendo la declaración de nulidad de aquellos actos o resoluciones que la menoscaben.

Lo que hay que tener presente es que si se produce desobediencia total, el Gobierno activaría lo previsto en el artículo 155 de la Constitución española y asumiría las competencias transferidas a Cataluña, tanto en educación como en seguridad.

Artur Mas se enfrente a la posibilidad de incurrir en una serie de delitos tipificados en nuestro ordenamiento jurídico, concretamente son los siguientes:

- Desobediencia (art.410): las autoridades o funcionarios públicos que se negaren abiertamente a dar el debido cumplimiento a resoluciones judiciales, decisiones u órdenes de la autoridad superior, serán castigados con multa de tres a doce meses e inhabilitación de seis meses a dos años.

- Prevaricación (art.404): a la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo, se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público de 7 a 10 años.

- Sedición (art.544): será castigada con penas de 10 a 15 años de prisión la autoridad que induzca o llame a un alzamiento público o tumultuario para impedir la aplicación de la ley.

- Malversación (art.433): la autoridad o funcionario público que destinare a usos ajenos a la función pública los caudales o efectos puestos a su cargo por razón de sus funciones, incurrirá en la pena de multa de seis a doce meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a tres años.

- Delito contra la intimidad (art.198): el funcionario público que fuera de los casos permitidos por la ley, utilice datos reservados de caracter personal, sería inhabilitado de 6 a 12 años.

¿Saben cómo pienso que va a acabar todo ésto? En nada. Creo que estamos ante un “teatro” por parte de ambas partes, donde cada una ha de hacer el paripé ante sus seguidores para justificarse. Finalmente, no habrá referéndum, ya de independencia ni les cuento, pero obtendrán concesiones interesantes del Gobierno en materia de financiación, Artur Mas será un cadáver político y ERC se hará con las riendas en Cataluña.

Este es un tema interesante para discutir, porque si se le concede más cosas a Cataluña, se está lanzando el mensaje de que si se le echa un pulso a España y se aguanta hasta el final, se logran buenos réditos. El País Vasco realizaría una lectura similar y serían los siguientes en lanzar otro órdago a la nación.

Si observamos los mercados financieros, los inversores no creen mucho en que Cataluña pueda independizarse, en caso contrario el Ibex 35 estaría hundiéndose literalmente y arrastrando al Eurostoxx. Ya saben que los mercados se anticipan y descuentan hechos o sucesos probables y no lo están haciendo. Otra lectura es porque aún estamos al inicio del proceso y hay muchos aspectos que hay que aclarar por ambas partes.

Ahora pasemos al ámbito económico, qué consecuencias económicas tendría para Cataluña independizarse de España:

- De los 15 principales mercados donde venden las empresas catalanas, 10 son CC.AA españolas. El superávit comercial con España supone entre el 10 y el 11% del PIB catalán. Creo que queda todo dicho.

- Subida de los precios por entrar en funcionamiento los aranceles.

- Lo que se conoce como efecto frontera, de manera que el comercio entre países es casi siempre bastante inferior al comercio entre regiones.

- Muchas empresas importantes ( y no importantes también), así como bancos, se irían de Cataluña y cambiarían su sede.

- No olvidemos que Cataluña es la CC.AA más endeudada de España, independizarse implicaría que tendría que asumir la parte proporcional de la deuda, hecho que implicaría un porcentaje muy elevado sobre el PIB.

- Surgirían problemas graves de financiación, por no mencionar que adiós a los mecanismos del Banco Central Europeo.

- Las exportaciones se verían afectadas (precisamente por los aranceles y el efecto frontera).

- Caída importante del PIB.

- Como ya han repetido en varias ocasiones desde la UE, dejarían de formar parte de la eurozona y del euro. Habría que adoptar una nueva moneda y ello supondría una fuerte depreciación de la misma, ocasionando subidas de todos los precios y una caída del poder adquisitivo de los ciudadanos.

- Recordemos que para entrar en la UE, es necesario que todos los países miembros acepten, los 28, y no se oponga ni uno sólo, incluido España.


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