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Con o sin sentencia, acabemos con las licencias de taxi

por Laissez Faire Hace 6 años
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado finalmente sentencia sobre el caso Uber: a su entender, la compañía estadounidense es una empresa de transportes y, por tanto, debe someterse a la legislación estatal propia de este sector. Punto final: Uber no puede operar sin licencias en aquellos países en los que la normativa estatal así lo requiera.

La tesis de fondo es prácticamente calcada a la que hace meses ya expuso el abogado general del TJUE. Pero, tanto entonces como ahora, las consignas autojustificativas que el gremio del taxi articula a raíz de la sentencia continúan siendo muy pobres. Por dos razones: primero, Uber no es una empresa de transporte por mucho que el TJUE sea incapaz de entender su modelo de negocio; segundo, aunque Uber fuera una empresa de transporte, ello no avalaría el desastroso, restrictivo y oligopolístico sistema de licencias de taxi. Vayamos por partes.

¿Es Uber una empresa de transporte? No, en absoluto: y que el TJUE haya concluido que sí lo es sólo demuestra su escaso conocimiento sobre esta materia. Idealmente, Uber es una aplicación que pone en contacto a conductores particulares con usuarios que desean alquilar un vehículo con conductor: por tanto, quien proporciona el servicio de transporte es cada conductor particular, no Uber. Lo que sí hace Uber es coordinar a esos conductores y usuarios: y una parte crucial de su trabajo para lograr que esa coordinación sea exitosa pasa por solventar los problemas de asimetría de información que existen entre ambas partes (¿Qué tarifa me va a cobrar por el servicio? ¿El vehículo se halla en buenas condiciones? ¿El conductor es de fiar? ¿Peligra mi seguridad?, etc.). Por eso Uber coordina a conductores y usuarios regulando algunas de las condiciones básicas de prestación del servicio: como un mecanismo a priori de otorgarle al usuario la suficiente confianza como para que se decida a utilizar la aplicación que lo pondrá en contacto con un conductor fiable.

En este punto, pues, el TJUE mete gravemente la pata, dado que califica a Uber como empresa de transporte por ejercer “una influencia decisiva sobre las condiciones de las prestaciones efectuadas por estos conductores”. Pero Uber ejerce una influencia decisiva porque tal injerencia es imprescindible para que la coordinación se lleve exitosamente a cabo. Es como decir que eBay son unos grandes almacenes online por el hecho de que trate de evitar que los anuncios sean fraudulentos: no, eBay controla que los vendedores no engañen a los compradores para que su servicio de intermediación comprador-vendedor sea eficaz.

Sin embargo, a decir verdad, que Uber sea o no una empresa de transporte es muy poco relevante en aquellos países donde el servicio de alquiler de vehículos con conductor está sometido a licencia. Imaginemos que el TJUE hubiese dictaminado que Uber es un servicio de intermediación y no de transporte. Aun así, en España seguiría estando prohibido que un conductor particular y sin licencia usara Uber para coordinarse con un usuario. Por eso, incluso antes de esta sentencia del TJUE, Uber sólo intermediaba en nuestro país a conductores VTC y usuarios finales: porque los particulares tienen prohibido prestar ese servicio para así privilegiar al gremio del taxi. A su vez, después de esta sentencia, Uber podrá seguir intermediando entre conductores y VTC y usuarios finales: a la postre, en España es perfectamente legal el alquiler de vehículos con conductor si se cuenta con la pertinente licencia. En este sentido, nada cambia.

Ahora bien, la cuestión es que todo debería cambiar en el sector del taxi. Y el TJUE no impide que así sea. El TJUE sólo ha sentencia que Uber es una empresa de transporte y que, en consecuencia, ha de cumplir la normativa española de transporte. Pero, ¿por qué la normativa española de transporte ha de imponer un absurdo, anacrónico y mercantilista sistema de licencias que impide que cualquier particular pueda transportar a otras personas? El TJUE no obliga a los Estados miembros a regular el transporte de viajeros vía licencias: ésa es una disparatada opción determinada por el legislador nacional ante las presiones del lobby del taxi. Por consiguiente, lo injustificable, antes y después de esta sentencia, es que las empresas de transporte de viajeros no puedan realizar sus actividades en nuestro país sin obtener una licencia (de taxi o VTC) cuyo número está artificialmente limitado por el legislador para contingentar la libre competencia (esto es, para establecer un oligopolio en favor del taxi y en contra de los usuarios).

Todos tenemos que cumplir la ley, incluido Uber. De acuerdo. Pero resulta inadmisible que muchas de las leyes que estamos obligados a cumplir sean meros artefactos para parasitar al grueso de la población otorgando privilegios improcedentes a aquellas minorías lo suficientemente organizadas como para capturar a los reguladores. En tal caso, la ley deja de ser un instrumento para regular la convivencia y se convierte en una herramienta para institucionalizar la rapiña. Es evidente que este problema no lo padecemos ni exclusiva ni preferentemente en el sector del taxi (ahí están los muchísimos más escandalosos privilegios de los que disfruta, por ejemplo, la banca): pero también lo padecemos en el sector del taxi a través del sistema de licencias. Cumplamos la ley, sí, pero liberalicemos la ley: esto es, acabemos con el sistema de licencias.


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