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Todas las respuestas sobre la Tasa Tobin y cómo afectará a los inversores

por Ismael de la Cruz Hace 10 años
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¿Cuándo entrará en vigor la Tasa Tobin? ¿A qué mercados afectará? ¿Hay algún medio de esquivarla? Cómo perjudicará a los inversores? Muchas cuestiones que voy a tratar de resolverles en este artículo.

En economía, al igual que en el resto de ámbitos de la vida, la experiencia es un grado y aprender de los errores una virtud. Pero también lo es ver, observar y analizar lo que hacen otros para extraer conclusiones positivas o negativas y poder así beneficiarnos al respecto. Pues bien, el tema de la Tasa Tobin no iba a ser una excepción.

En el año 1972 James Tobin realizó un estudio en el que aconsejaba cobrar alrededor del 0,50% sobre las operaciones de compra y de venta de divisas para de esta manera poder frenar la especulación en un momento en el que se había acabado con el patrón oro.

Esta Tasa es un gravamen para recaudar dinero a costa de los especuladores. Bajo este lema se pretende que sea socialmente aceptada. La Tasa Tobin es un porcentaje sobre las operaciones financieras. La propuesta plantea gravar con un tipo del 0,1% la compraventa de acciones y con un 0,01% las operaciones con derivados. Lógicamente, este porcentaje se aplica tanto sobre la compra como sobre su posterior venta.

Mucho se ha escrito acerca de la Tasa Tobin, que si es beneficiosa para luchar contra la especulación, que si es perjudicial porque dañaría el volumen de negociación de los mercados, etc. Pero una cosa sí está clara, tenemos un antecedente, concretamente el de Suecia a principio de la década de los 80.

Realmente, decepcionó. El volumen de negociación bajó drásticamente y la mayoría de los inversores comenzaron a operar en otros mercados. El 50% del trading registrado se había movido a Londres, en el mercado de bonos la caída alcanzó el 85% y en el de futuros el 98% (bien es cierto que Suecia aplicó una tasa del 0,5%).

Como principales inconvenientes tenemos que podría producirse una deslocalización hacia otros países que no tengan dicha Tasa Tobin, afectaría al crecimiento económico y a la financiación de la economía. Pero parece que tienen muy bien aprendida la lección para evitar la deslocalización: se va a aplicar el principio de residencia, de manera que  se aplicará siempre que alguna parte implicada resida en uno de los once estados que la avalan (Bélgica, Estonia, España, Grecia, Francia, Italia, Austria, Portugal, Eslovenia, Eslovaquia y Alemania). De esta forma, dará igual donde se realice la operación, ya que se impondrá la procedencia de la misma.

Pero lo que sí parece irremediablemente es que supondrá una pérdida importante de empleo (he estado leyendo informes y se habla de 80.000 empleos en España y de más de 600.000 en la UE). Así pues, los inconvenientes de aplicar este gravamen se pueden reducir en: se recauda mucho menos de lo previsto (Suecia recaudó casi 15 veces menos); los perjudicados son los inversores pequeños; se reduce la liquidez de los mercados; la volatilidad se dispara al alza.

En principio, entrará en vigor como muy pronto a mediados del año 2015 y afectará a las operaciones en acciones y a los derivados, quedando exentas las operaciones de deuda pública.

La teoría dictamina que serán los bancos y los brokers los que se tengan que hacer cargo de este tributo, pero no nos engañemos, no será así, se encargarán, como siempre, de trasladar este incremento de costes a los clientes, eso ni lo duden.

En mi opinión, los inversores de medio y largo plazo, así como los que realizan swing (no intradía) no deben de preocuparse, es un pequeño incremento que apenas notarán. Los traders intradía lo notarán un poco más. Los más perjudicados sin duda alguna serán los scalpers (inversores que realizan muchas operaciones cada día de muy poca duración).


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